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Información Reclamación de Fijeza

Reclamación de Fijeza

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La interinidad busca cubrir una necesidad puntual y concreta de personal en la Administración. Esa plaza vacante, en teoría, es propiedad de un profesional funcionario que por diversas circunstancias no la está ocupando o puede ser que la administración saque nuevas plazas y genere contratos de interinidad hasta que las cubra con una OPE.

Por tanto, es un contrato temporal que se mantiene mientras la plaza esté vacante y está condicionado al retorno de quien tiene la plaza en propiedad, al nombramiento definitivo de una persona para esa plaza mediante oposición o la amortización de la plaza.

M&P Asociados reclama en primer lugar la fijeza de tu plaza. Desde la Sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2019 son nuevas las sentencias que están otorgando la fijeza sin adquirir la condición de funcionario de carrera.

Las Sentencias que han ido aplicando al fijeza, han tomado como criterio común el haber accedido a la plaza mediante un concurso de méritos. Aunque hay otras Sentencias que entiende que el propio abuso de la temporalidad es suficiente para otorgar la fijeza.

De forma alternativa, para el caso en el que el Juzgado entienda que no procede la fijeza, solicitamos que se declare el contrato de indefinido no fijo. Este contrato puede finalizar solo por adjudicación de la plaza a un tercero mediante oposición o mediante amortización de la plaza. En los dos casos te correspondería una indemnización de 20 días por año trabajado.

Esta indemnización actúa como protección de tu plaza. Pues con la pretendida estabilización la Administración Pública tratará de facilitar tu acceso a tu plaza para evitar tener que pagar la indemnización correspondientes.

El contrato indefinido no fijo no existe. Es un logro que se obtiene en los tribunales reclamando un fraude de ley en la contratación. Ese fraude se comete cuando la Administración, en lugar de convocar oposiciones y entregar plazas fijas, obliga a los profesionales a estar concatenando contratos temporales (interinos, eventuales, sustituciones, relevos…).

Esta modalidad de contrato, ganada en sentencia judicial otorga ciertos derechos laborales que la interinidad o los contratos temporales no tienen, como son:

    1. El trabajador tiene derecho a ocupar su plaza hasta que sea adjudicada por oposición y otra persona tome posesión. Esta toma de posesión ha de ser efectiva.
    2. El trabajador tiene derecho a una indemnización por este cese. La indemnización es de 20 días por año trabajado. Por ejemplo, una persona que lleve 10 años en esta situación, recibiría más de 6 meses de salario bruto.
    3. El trabajador consigue una mayor estabilización de la plaza y no puede ser desplazado de ella. No puede ser obligado a moverse a otro puesto por un concurso de traslados.
    4. El indefinido no fijo, no puede ser cesado por el ascenso de otro compañero por promoción interna.
    5. El trabajador indefinido no fijo, tiene los mismos derechos que un fijo (trienios, complemento de carrera, vacaciones, etc.)
    6. El Juez puede incluso:
      1. Vincular al indefinido no fijo a la plaza vacante.
      2. Obligar a la creación de la plaza que el indefinido no fijo ocupa.
      3. Imponer una indemnización por la temporalidad sufrida.
    7. En caso de una OPE, la Administración está obligada a garantizar el derecho a obtener la plaza en propiedad que viene cubriendo.
    8. En caso de una OPE, el indefinido no fijo debe hacer valer su experiencia en dicha plaza, teniendo por tanto más opciones a la consolidación del puesto.

Para obtener esta calificación se requiere demandar. Es imprescindible que se aporten pruebas de haber concatenado contratos o de haber permanecido como interino en la misma plaza durante más de TRES AÑOS.

Por eso, queremos presentaros los diferentes escenarios que pueden darse después de iniciar la reclamación:

  • Reconocimiento indefinido no fijo = si te cesan en el futuro obtienes cuantía despido improcedente.
  • Reconocimiento Indefinido no fijo + acreditación perjuicio sufrido derivado de la temporalidad= derecho a indemnización por un futuro despido+ recibes una indemnización.
  • Reconocimiento Indefinido no fijo + acreditación del perjuicio sufrido derivado de la temporalidad + obtención de plaza durante el proceso de reclamación= Recibes una indemnización

Como ves siempre sales ganando. La reclamación del fin de la temporalidad es el estandarte de M&P Asociados. Consideramos que es importante llevarla a cabo porque tener el derecho a ser indemnizado en caso de despido, refuerza hoy tu seguridad laboral y te permite una estabilidad para el futuro. Te ayudamos en todo tipo de consulta jurídica sanitaria.

Ante la inestabilidad política y económica, pues recordemos que los concursos oposición o de méritos dependen su ejecución de criterios económicos fijados en los presupuestos. Entendemos que la vía estable, segura y con mayor desarrollo favorable a tus intereses es la vía judicial.