Delitos leves
Delitos leves
Antiguamente deminados faltas, desde la reforma del C.P. en 2015 se denominan delitos leves. Que son aquellas infracciones que la ley castiga con una pena leve, normalmente una pena que no excede de los 3 meses de multa.
Se tramitan en un procedimiento especial de delitos leves que requiere mayor agilidad y flexibilidad puesto que todo el procedimiento se lleva a cabo en un solo acto, el día del juicio; por lo que no existe investigación judicial previa y toda la prueba deberá aportarse el día del juicio.
Los delitos leves más habituales, aunque son más los que se encuentran regulados, son el delito leve de amenazas, de coacciones, hurto (menos de 400€) y de lesiones (cuando no requiere itervención quirúrgica).