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Administración desleal

Delito de administración desleal

Este delito, recogido en el art. 252 del C.P., que tiene las mismas penas relativas al delito de estafa, persigue a quien teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.